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Ley 21.663 · ANCI · Chile

Ley 21.663: lleve sus deberes de ciberseguridad a su modelo de cumplimiento

La Ley Marco de Ciberseguridad obliga a la banca, los servicios financieros y los medios de pago a prevenir, reportar y resolver incidentes, con una alerta temprana al CSIRT Nacional en tres horas. Le mostramos qué exige y cómo gestionarlo con controles, evaluaciones y planes de acción.

En resumen

Qué regula

Ciberseguridad de los servicios esenciales

Fija los requisitos mínimos para prevenir, contener, resolver y responder a incidentes de ciberseguridad, y crea la ANCI y el CSIRT Nacional (arts. 1, 10 y 24).

A quién obliga

Servicios esenciales y operadores de importancia vital

Entre los servicios esenciales del artículo 4 están la banca, los servicios financieros y los medios de pago. Los operadores de importancia vital, que la ANCI califica por resolución, suman los deberes del artículo 8.

Quién supervisa

ANCI · CSIRT Nacional

La ANCI dicta protocolos e instrucciones, califica a los operadores, fiscaliza y sanciona; el CSIRT Nacional recibe los reportes. Si el regulador sectorial tiene normas al menos equivalentes, fiscaliza él (art. 37).

Vigencia

1 de marzo de 2025

La ley rige desde el 1 de enero de 2025; el deber de reportar, los deberes de los operadores de importancia vital y las sanciones, desde el 1 de marzo de 2025 (DFL 1-21.663).

Leer el texto oficial: Ley 21.663

Qué exige

Qué exige la Ley 21.663

Todas las instituciones obligadas previenen, reportan y resuelven incidentes. Los operadores de importancia vital, además, cumplen los deberes del artículo 8.

Medidas permanentes de ciberseguridad

Aplicar de forma permanente medidas tecnológicas, organizacionales, físicas o informativas para prevenir, reportar y resolver incidentes, con los protocolos y estándares de la ANCI y los de su regulador sectorial (art. 7).

Reportar al CSIRT Nacional

Alerta temprana en tres horas, segundo reporte en 72 —24 si un operador de importancia vital ve afectado su servicio esencial— e informe final en quince días corridos desde la alerta (art. 9 y Decreto 295, arts. 9 a 13).

Sistema de gestión de seguridad de la información

Los operadores de importancia vital implementan un sistema continuo que evalúe la probabilidad y el impacto de los incidentes, y mantienen un registro de sus acciones (art. 8, letras a y b).

Planes de continuidad certificados

Planes de continuidad operacional y ciberseguridad, certificados por entidades del registro de la ANCI y revisados al menos cada dos años, más las certificaciones que exija la ley (art. 8, letras c y f, y art. 28).

Ejercicios y contención

Revisiones, ejercicios, simulacros y análisis continuos de redes y sistemas, comunicados al CSIRT Nacional, y medidas oportunas para reducir el impacto y la propagación de un incidente (art. 8, letras d y e).

Plan de acción e informe a afectados

Informar al CSIRT Nacional el plan de acción ante un incidente, adoptado en un máximo de siete días corridos, y avisar a los potenciales afectados cuando la ANCI lo requiera (art. 8, letra g, y art. 9).

Capacitación y ciberhigiene

Programas de capacitación, formación y educación continua para trabajadores y colaboradores, con campañas de ciberhigiene (art. 8, letra h).

Delegado de ciberseguridad

Designar un delegado de ciberseguridad que actúe como contraparte de la ANCI e informe a los directores, gerentes o ejecutivos principales (art. 8, letra i).

Consecuencias

Infracciones y multas

Las infracciones son leves, graves o gravísimas (arts. 38 y 39), con multas de hasta 5.000, 10.000 y 20.000 UTM, que suben a 10.000, 20.000 y 40.000 UTM si el infractor es un operador de importancia vital (art. 40). No reportar conforme al artículo 9 es infracción grave, y reincidir dentro de un año eleva la calificación. Para fijar la multa se consideran, entre otros factores, las medidas que había adoptado la institución, la gravedad de los efectos y su tamaño y capacidad económica. Las infracciones prescriben a los tres años.

Cómo lo resolvemos

Cómo le ayuda Snap Compliance

Snap Compliance no es una herramienta de ciberseguridad: no detecta ataques ni envía los reportes al CSIRT Nacional. Lo que sí hace es llevar la Ley 21.663 a su modelo de cumplimiento. Compliance Agent la incorpora a su catálogo de regulaciones aplicables y la convierte en controles, evaluaciones, KRIs y planes de acción con responsables y seguimiento, homologables con otros marcos normativos. Risk Copilot evalúa los riesgos de ciberseguridad en mapas de calor de probabilidad e impacto, del riesgo inherente al residual, y su IA sugiere controles mitigadores. Y el toolkit ISO/IEC 27001:2022 entrega la documentación editable de un sistema de gestión de seguridad de la información; es un punto de partida y no certifica a la entidad.

Módulos de Snap Compliance

Lo que más nos preguntan sobre la Ley 21.663

¿Qué es la Ley 21.663 y desde cuándo rige?
La Ley 21.663, Ley Marco de Ciberseguridad, se publicó el 8 de abril de 2024. Crea la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) y, dentro de ella, el CSIRT Nacional (arts. 10 y 24), y fija los deberes de quienes prestan servicios esenciales. Según el DFL 1-21.663, rige desde el 1 de enero de 2025, y sus artículos 5, 8 y 9 y las sanciones del Título VII, desde el 1 de marzo de 2025. En Compliance Agent puede incorporarla a su catálogo de regulaciones aplicables.
¿Quiénes están obligados por la Ley 21.663?
El artículo 4 obliga a quienes prestan servicios esenciales: los organismos del Estado, los concesionarios de servicios públicos y las instituciones privadas de energía eléctrica, combustibles, agua, telecomunicaciones, infraestructura y servicios digitales, transporte, banca, servicios financieros y medios de pago, seguridad social, servicios postales, salud y productos farmacéuticos. La ANCI puede calificar otros servicios como esenciales y designar operadores de importancia vital, con deberes adicionales (arts. 5 y 8). Todos deben aplicar de forma permanente medidas para prevenir, reportar y resolver incidentes (art. 7).
¿Un banco o un emisor de tarjetas está obligado por la Ley 21.663?
Sí. La banca, los servicios financieros y los medios de pago son servicios esenciales según el artículo 4, así que deben aplicar medidas permanentes de ciberseguridad y reportar sus incidentes al CSIRT Nacional. Además, la Resolución Exenta 87 de la ANCI, de diciembre de 2025, calificó como operadores de importancia vital a instituciones de banca, servicios financieros y medios de pago, con el informe de la CMF y criterios como la importancia sistémica. Esas entidades suman los deberes del artículo 8, que Compliance Agent ayuda a ordenar en controles.
¿Qué es un operador de importancia vital y cómo se califica?
Es un prestador de servicios esenciales —o, en ciertos casos, una institución privada que no lo es— cuyo servicio depende de redes y sistemas informáticos y cuya afectación tendría un impacto significativo en la seguridad, el orden público o la continuidad de servicios esenciales (art. 5). La ANCI lo califica por resolución fundada, con informes de los organismos sectoriales y consulta pública, y revisa la nómina al menos cada tres años (art. 6 y Decreto 285). Contra la calificación proceden los recursos de la Ley 19.880.
¿Qué deberes adicionales tienen los operadores de importancia vital?
El artículo 8 les exige un sistema de gestión de seguridad de la información continuo, que evalúe probabilidad e impacto, con registro de sus acciones; planes de continuidad operacional y ciberseguridad certificados y revisados al menos cada dos años; revisiones, ejercicios y simulacros continuos; medidas para contener incidentes; las certificaciones del artículo 28; capacitación con campañas de ciberhigiene, y un delegado de ciberseguridad. Compliance Agent ayuda a convertir esos deberes en controles, evaluaciones y planes de acción con seguimiento.
¿En qué plazos se reporta un incidente al CSIRT Nacional?
Según el artículo 9 de la Ley 21.663 y el Decreto 295: alerta temprana dentro de tres horas desde que se conoce el incidente; segundo reporte dentro de 72 horas, o de 24 si un operador de importancia vital ve afectado su servicio esencial; e informe final dentro de quince días corridos desde la alerta. Si el incidente sigue sin gestionarse, se envían informes parciales cada quince días. Los operadores de importancia vital informan además su plan de acción, adoptado en un máximo de siete días corridos.
¿Qué incidentes de ciberseguridad hay que reportar?
Los de efecto significativo: los capaces de interrumpir la continuidad de un servicio esencial, afectar la integridad física o la salud de las personas o afectar sistemas que contengan datos personales (art. 27). El Decreto 295 suma la afectación de la integridad, la confidencialidad o la disponibilidad de activos y sistemas, y el acceso no autorizado, aunque no hayan afectado el servicio (art. 3). Se pondera el número de afectados, la duración y la extensión geográfica. Se reporta en la plataforma de la ANCI, sin datos personales.
¿Qué multas contempla la Ley 21.663?
Las infracciones se califican en leves, graves y gravísimas (arts. 38 y 39). Las multas llegan a 5.000, 10.000 y 20.000 UTM, respectivamente, y al doble —10.000, 20.000 y 40.000 UTM— si el infractor es un operador de importancia vital (art. 40). No reportar un incidente conforme al artículo 9 es infracción grave. Para fijar la multa se considera, entre otros factores, cuánto había hecho la institución para resguardar su seguridad informática, y su tamaño y capacidad económica. Risk Copilot ayuda a dimensionar esos riesgos.
¿Quién fiscaliza la Ley 21.663 en el sector financiero: la ANCI o la CMF?
Por regla general, la ANCI: fiscaliza, puede inspeccionar e instruir auditorías, y sanciona (arts. 11 y 37). Pero si la autoridad sectorial dictó normativa de ciberseguridad con efectos al menos equivalentes a la de la ANCI, es ella la que fiscaliza y sanciona con su propio procedimiento (arts. 26 y 37). En la banca, el capítulo 20-10 de la RAN de la CMF rige la gestión de la seguridad de la información y la ciberseguridad. Compliance Agent permite homologar controles entre marcos normativos y evaluar ambos.
¿Certificarse en ISO 27001 basta para cumplir la Ley 21.663?
No necesariamente. La ley no nombra la ISO/IEC 27001: exige a los operadores de importancia vital un sistema de gestión de seguridad de la información continuo (art. 8) y las certificaciones que ella y la ANCI determinen, emitidas por certificadores de su registro; la ANCI puede homologar certificaciones internacionales (art. 28). La norma es una buena base para ese sistema, pero no reemplaza el reporte ni los planes certificados. El toolkit ISO/IEC 27001:2022 de Snap entrega su documentación editable; no certifica.

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